
Cantabria establece un plan de erradicación de la psila africana
Fotografía: Campos de limoneros. Archivo EFE/EFEverde / pm
Santander, 14 sep (EFE).- La Dirección General de Desarrollo Rural, dependiente de la Consejería de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Ambiente del Gobierno de Cantabria, ha declarado la existencia de la psila africana de los cítricos en la región y ha resuelto establecer un programa para su erradicación.
La psila africana (Trioza erytreae del Guercio) es una plaga que causa el enverdecimiento de los frutos y deteriora su calidad y sabor, incluso pudiendo matar al árbol afectado en pocos años.
El Centro de Investigación y Formación Agrarias de Cantabria (CIFA) diagnosticó, el 8 de junio, la presencia de Trioza erytreae en una muestra recogida en Mogro (Miengo), y las prospecciones realizadas para establecer el grado de diseminación de la plaga indicaron que está ampliamente distribuida en parte del territorio cántabro.
El Boletín Oficial de Cantabria (BOC) ha publicado este lunes la resolución que establece las medidas fitosanitarias de obligado cumplimiento y que especifica que las personas o entidades que tengan sus cítricos afectados por esta plaga deberán notificarlo al Servicio de Agricultura y Diversificación Rural.
Además, la autoridad competente establecerá zonas demarcadas que incluirán las áreas infestadas y las de protección o tampón, que tendrán un radio superior a tres kilómetros alrededor del terreno infestado.
Los viveros y centros de jardinería ubicados en las zonas demarcadas deberán facilitar al Servicio de Agricultura y Diversificación Rural, el censo de especies sensibles, datos de origen y fechas de adquisición de las partidas, así como datos de destino en los últimos tres años, para su análisis.
Los titulares de parques y jardines públicos, los de huertos y jardines privados, los de viveros y centros de jardinería y los de plantaciones y especies sensibles aisladas destruirán el material vegetal infestado, in situ, o lo más cerca posible, mediante arranque y posterior eliminación del material vegetal.
También podrá realizarse un tratamiento insecticida seguido de un herbicida que mate a la planta, o bien una poda severa de todos los brotes y posterior eliminación del material vegetal, así como la aplicación de tratamientos insecticidas, con productos eficaces, uno previo a la poda y otro en cuanto se produzca la nueva brotación.
De igual manera, se prohíbe el traslado o movimiento de vegetales de especies sensibles excepto frutos y semillas desde las zonas demarcadas, aunque la autoridad competente podrá autorizar el traslado para la destrucción de estas especies, tanto dentro como fuera de la zona demarcada, siempre que se realice de forma que se evite la dispersión de la plaga empleando lonas o mallas antitrips.
En el caso de que el traslado se realice fuera de la zona demarcada, deberá realizarse bajo control oficial.
Mientras no se detecte la bacteria que causa el envenenamiento de los cítricos la circulación en las zonas demarcadas podrá permitirse si los vegetales de especies sensibles proceden de una zona libre de Trioza erytreae.
También podrá permitirse si han sido cultivados en una parcela de producción registrada y supervisada por las autoridades competentes del Estado miembro de origen y donde los vegetales se hayan colocado en un sitio con protección física contra la introducción de Trioza erytreae y en la que, durante al menos un año antes del traslado, se hayan realizado dos inspecciones oficiales sin que se observaran signos de Trioza erytreae en ese sitio ni en una zona circundante de un radio mínimo de 200 metros.
El transporte de esos vegetales deberá realizarse mediante recipientes o envases cerrados para garantizar que la infestación por el organismo especificado no pueda ocurrir.
En la comercialización, estos vegetales irán acompañados de un folleto explicativo sobre los riesgos de la plaga y las restricciones a los movimientos de las plantas.
El traslado de vegetales y productos vegetales de especies sensibles procedentes de una zona demarcada, o dentro de la misma, se acompañará siempre de un pasaporte fitosanitario, y antes de que circulen, los lotes de vegetales se habrán sometido a tratamientos fitosanitarios.
Las personas interesadas podrán interponer recurso de alzada ante el consejero de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Ambiente, Guillermo Blanco, en el plazo de un mes a partir del día siguiente de la publicación de la misma en el BOC. EFE
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